Vigente Nación Vivienda Víctima: nadie
Si venció la medición, para vender tu lote necesitás un agrimensor
Pagar un agrimensor que vuelva a medir el terreno para vender
Ley 26.209, arts. 6 y 8 (Ley Nacional de Catastro, 2007)
- Qué te obliga
- Si venció la vigencia del estado parcelario, antes de vender o hipotecar hay que hacer verificar su subsistencia con un agrimensor matriculado, según los plazos de cada provincia.
- A quién protege
- Nadie: medir el lote que ya está medido no protege a terceros salvo que haya cambiado.
- Por qué está en la lista
- Vencido el estado parcelario, vender o hipotecar exige que un agrimensor matriculado verifique el lote ya medido.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La ley nacional fija el marco; el plazo de vigencia y el costo los pone cada provincia (en PBA, Ley 10.707). Su aplicación es gradual según cada catastro (art. 17).
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.