Vigente Nación Vivienda Víctima: nadie

Si heredás la casa, el viudo puede vivir ahí gratis de por vida

Los hijos no pueden vender la casa mientras viva el viudo
Código Civil y Comercial (Ley 26.994), art. 2383 (2014)

Qué te obliga
El cónyuge que sobrevive puede vivir gratis y de por vida en la casa que fue el último hogar conyugal, aunque sea de todos los herederos, si no estaba en condominio con terceros.
A quién protege
Los demás herederos, que no pueden usar ni vender su parte; protege al viudo de quedar en la calle.
Por qué está en la lista
Los demás herederos no pueden usar ni vender su parte del último hogar conyugal mientras viva el viudo.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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