Vigente Tierra del Fuego Consumo Víctima: solo vos
No podés organizar concursos de tomar alcohol, ni entre adultos
Prohibidos los concursos de tomar alcohol (Tierra del Fuego)
Ley 419 de Tierra del Fuego (1998), arts. 4 y 14; Ley 1.024 (Código Contravencional, B.O.P. 19/01/2015), art. 83
- Qué te obliga
- No podés organizar ni promover concursos, juegos o competencias que consistan en tomar alcohol, con o sin fines de lucro, ni siquiera entre adultos.
- A quién protege
- Nadie, si los que compiten son adultos que eligen participar; con menores el daño es real y la propia ley duplica la pena.
- Qué cuesta
- Multa de $2.000 a $20.000 y clausura de hasta 30 días (Ley 419); además multa de 10 a 100 UM y clausura (Ley 1.024).
- Por qué está en la lista
- Multa y clausura de hasta 30 días por organizar un juego de tomar entre adultos que eligen participar.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Textos de ambas leyes leídos en InfoLey de la Legislatura (02/11/2026).
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.