Vigente Buenos Aires Consumo Víctima: solo vos
No podés comprar alcohol para llevar después de las 21 (23 en verano)
Horario límite para comprar alcohol (provincia de Buenos Aires)
Ley 11.825 de Buenos Aires, art. 1 (texto según Ley 15.109, publicada el 15/01/2019)
- Qué te obliga
- No se puede vender alcohol para llevar ni por delivery fuera del horario de 10 a 21 (mayo a noviembre) o de 10 a 23 (diciembre a abril).
- A quién protege
- Nadie: comprar una bebida de noche no daña a terceros; busca prevenir excesos y peleas.
- Qué cuesta
- Multa de $1.000 a $100.000 y clausura de 5 a 180 días (art. 7, montos de la Ley 13.178 sin actualizar).
- Por qué está en la lista
- Vender fuera de hora, también por delivery, trae multa y clausura del comercio de 5 a 180 días.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Texto actualizado leído en normas.gba.gob.ar: el art. 1 prohíbe vender alcohol para consumir fuera del local, y la entrega a domicilio, de 21 a 10; del 1 de diciembre al 30 de abril, de 23 a 10. La Ley 15.109 fue promulgada el 11/01/2019 y publicada el 15/01/2019 (BO 28.441); la fecha de sanción no la vi.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.