Vigente Nación Vivienda Víctima: terceros, de lejos

Si vendés departamentos en pozo, tenés que contratar un seguro

Seguro obligatorio para vender departamentos en pozo
Código Civil y Comercial, art. 2071 (Ley 26.994, 2014)

Qué te obliga
Quien vende unidades en construcción o en proyecto en propiedad horizontal debe contratar un seguro que le devuelva al comprador lo pagado más intereses si la operación fracasa.
A quién protege
Protege al comprador, que paga cuotas por algo que todavía no existe.
Por qué está en la lista
El vendedor en pozo debe asegurar la devolución de lo pagado más intereses si la operación fracasa.
Estado
Vigente
Nota
Excluye ventas con financiamiento o fideicomiso de entidades oficiales o calificadas (art. 2072). Si el vendedor no lo contrata, pierde sus derechos contra el comprador.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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