Vigente Nación Vivienda Víctima: terceros, de lejos
Si vendés departamentos en pozo, tenés que contratar un seguro
Seguro obligatorio para vender departamentos en pozo
Código Civil y Comercial, art. 2071 (Ley 26.994, 2014)
- Qué te obliga
- Quien vende unidades en construcción o en proyecto en propiedad horizontal debe contratar un seguro que le devuelva al comprador lo pagado más intereses si la operación fracasa.
- A quién protege
- Protege al comprador, que paga cuotas por algo que todavía no existe.
- Por qué está en la lista
- El vendedor en pozo debe asegurar la devolución de lo pagado más intereses si la operación fracasa.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Excluye ventas con financiamiento o fideicomiso de entidades oficiales o calificadas (art. 2072). Si el vendedor no lo contrata, pierde sus derechos contra el comprador.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.