Derogada Nación Vivienda Víctima: nadie
No podés cobrar valor llave ni hacer firmar pagarés al inquilino
Prohibido pedir valor llave o pagarés al inquilino
Código Civil y Comercial, art. 1196 incs. c y d (texto de la Ley 27.551, 2020)
- Qué te obliga
- En un alquiler de vivienda, el dueño no podía cobrar valor llave ni hacer firmar pagarés u otros documentos aparte del contrato.
- A quién protege
- Nadie: eran condiciones del trato; el inquilino podía no firmar.
- Por qué está en la lista
- Prohibía cobrar valor llave o pedir pagarés aparte del contrato en alquileres de vivienda.
- Estado
- Derogada el 21 de diciembre de 2023 por Decreto 70/2023 (art. 255)
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.