Derogada Nación Vivienda Víctima: nadie

No podés cobrar valor llave ni hacer firmar pagarés al inquilino

Prohibido pedir valor llave o pagarés al inquilino
Código Civil y Comercial, art. 1196 incs. c y d (texto de la Ley 27.551, 2020)

Qué te obliga
En un alquiler de vivienda, el dueño no podía cobrar valor llave ni hacer firmar pagarés u otros documentos aparte del contrato.
A quién protege
Nadie: eran condiciones del trato; el inquilino podía no firmar.
Por qué está en la lista
Prohibía cobrar valor llave o pedir pagarés aparte del contrato en alquileres de vivienda.
Estado
Derogada el 21 de diciembre de 2023 por Decreto 70/2023 (art. 255)
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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