Derogada Nación Vivienda Víctima: nadie

Tenés que alquilar por 3 años y ajustar una vez al año por índice

Ley de Alquileres: 3 años mínimo y ajuste anual por índice
Ley 27.551 (2020), que modificó el Código Civil y Comercial

Qué te obliga
Fijaba un alquiler mínimo de 3 años, actualización solo una vez al año por un índice oficial (ICL), depósito de un mes y registro del contrato en la AFIP.
A quién protege
Nadie: inquilino y dueño pactaban; la rigidez retiró propiedades del mercado. En el papel protegía al inquilino.
Por qué está en la lista
Imponía a todo alquiler 3 años mínimo, ajuste anual por índice oficial y registro en la AFIP.
Estado
Derogada el 21 de diciembre de 2023 por Decreto 70/2023, art. 249
Nota
Derogación verificada en el texto del DNU 70/2023 (BO 21/12/2023, vigente desde el 29/12/2023). Los contratos firmados antes siguen con la ley vieja hasta vencer. La ficha propia de la Ley 27.551 no estaba accesible en infoleg; cito el texto derogatorio.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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