Vigente Buenos Aires Vivienda Víctima: terceros

Si hay escándalo en tu casa y no saben quién fue, multan a todos

Fiesta ruidosa en casa: multa a todos los ocupantes (provincia de Buenos Aires)
Decreto-Ley 8.031/1973 de Buenos Aires, Código de Faltas, art. 77 (texto según Dec.-Ley 9.321/79)

Qué te obliga
Te prohíbe pelear, gritar o hacer escándalo en un lugar privado si altera la tranquilidad del barrio; si no identifican al responsable, se multa a los ocupantes de la casa.
A quién protege
El vecino que no puede descansar: hay daño real, aunque cobrarle a todos los ocupantes castiga a quien no hizo nada.
Qué cuesta
Multa del 15% al 40% del sueldo mensual de un agente de la Policía bonaerense.
Por qué está en la lista
Si no identifican al responsable, multa a todos los ocupantes, también a quien no hizo nada.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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