Vigente Buenos Aires Vivienda Víctima: nadie

Para administrar un consorcio, aun gratis, tenés que inscribirte

Registro obligatorio de administradores de consorcios (provincia de Buenos Aires)
Ley 14.701 de Buenos Aires, arts. 2 y 4 (2015), reglamentada por Decreto 1.734/2022

Qué te obliga
Nadie puede administrar un consorcio, gratis o cobrando, sin inscribirse antes en el Registro Público de Administradores; quien cobra necesita aprobar un curso.
A quién protege
Nadie: los propietarios eligen y pueden remover al administrador; el registro protege su plata, que ellos mismos pueden auditar.
Por qué está en la lista
Exige inscripción previa en un registro aun para administrar gratis, y un curso aprobado para quien cobra.
Estado
Vigente
Nota
Publicada en el BO provincial el 18/03/2015. El registro se reglamentó recién con el Decreto 1.734/2022 y la Disposición 27/2023 de Personas Jurídicas. El administrador ad honorem que es propietario se inscribe igual, pero sin curso.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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