Derogada Nación Vivienda Víctima: nadie

No podés pedir más de un mes de depósito y lo devolvés actualizado

Depósito de garantía de un mes como máximo
Código Civil y Comercial, art. 1196 inc. b (texto de la Ley 27.551, 2020)

Qué te obliga
En un alquiler de vivienda, el dueño no podía pedir un depósito mayor a un mes de alquiler, y tenía que devolverlo al valor del último mes.
A quién protege
Nadie: era un monto pactado entre dueño e inquilino.
Por qué está en la lista
Topeaba el depósito en un mes de alquiler y obligaba a devolverlo al valor del último mes.
Estado
Derogada el 21 de diciembre de 2023 por Decreto 70/2023 (art. 255)
Nota
El nuevo art. 1196 deja que las partes fijen libremente el monto y la moneda del depósito.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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