Vigente Nación Vivienda Víctima: terceros, de lejos
Tu consorcio tiene que tener seguro de incendio y de daños a terceros
Consorcio: seguro integral obligatorio del edificio
Código Civil y Comercial, art. 2067 inc. h (Ley 26.994, 2014)
- Qué te obliga
- El administrador debe mantener el edificio asegurado con un seguro integral de consorcio que cubra al menos incendio y responsabilidad civil.
- A quién protege
- Terceros, en parte: la responsabilidad civil cubre a vecinos y peatones dañados por el edificio.
- Por qué está en la lista
- El administrador debe mantener un seguro integral que cubra al menos incendio y responsabilidad civil.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.