Vigente Nación Vivienda Víctima: terceros, de lejos

Tu consorcio tiene que tener seguro de incendio y de daños a terceros

Consorcio: seguro integral obligatorio del edificio
Código Civil y Comercial, art. 2067 inc. h (Ley 26.994, 2014)

Qué te obliga
El administrador debe mantener el edificio asegurado con un seguro integral de consorcio que cubra al menos incendio y responsabilidad civil.
A quién protege
Terceros, en parte: la responsabilidad civil cubre a vecinos y peatones dañados por el edificio.
Por qué está en la lista
El administrador debe mantener un seguro integral que cubra al menos incendio y responsabilidad civil.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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