Por caer Nación Vivienda Víctima: nadie

Si frenás tu obra, le tenés que avisar al Estado

Avisar al Estado si frenás una obra en construcción
Ley 19.340 (1971)

Qué te obliga
Si interrumpís la construcción de una obra, tenés que informar esa interrupción a la autoridad.
A quién protege
Nadie: frenar tu propia obra no daña a terceros por sí mismo.
Por qué está en la lista
Un aviso a la autoridad por interrumpir tu propia obra, que no daña a terceros.
Estado
Por caer: Ley Hojarasca (Exp. 1-PE-2026, en el Senado CD-1/26): media sanción en Diputados el 20/05/2026; dictamen en el Senado (OD 135/26, 17/06/2026) sin votar al 01/11/2026
Nota
Qué exige la ley sale del Mensaje 21/2026 del PEN (texto oficial en HCDN): avisar la interrupción presentando balances, cuadro de pérdidas y ganancias, bienes y deudas. El mismo mensaje dice que el decreto reglamentario la limitaba a obras paralizadas antes de su vigencia, con 90 días para el trámite, así que hoy casi no se aplica. Derogación confirmada en el art. 1 de la media sanción (PDF del Senado). No leí la Ley 19.340: infoleg caído en nov. 2026.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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