Vigente Buenos Aires Vivienda Víctima: nadie
Si administrás un consorcio, llevás cada año el certificado y la ley
Administrador: certificado del Registro en cada asamblea (provincia de Buenos Aires)
Ley 14.701 de Buenos Aires, arts. 6 y 8 inc. a (2015)
- Qué te obliga
- El administrador debe presentar en la asamblea que lo designa, y cada año en la ordinaria, el certificado de inscripción del Registro (vale 30 días) y una copia de la ley.
- A quién protege
- Nadie: es información para los propietarios, que podrían pedirla por su cuenta.
- Por qué está en la lista
- Pide presentar en cada asamblea anual un certificado que vence a los 30 días y una copia de la ley.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.