Derogada Nación Trabajo Víctima: nadie
El examen médico de ingreso tiene que pasar por un visado oficial
Visado oficial del examen preocupacional
Resolución SRT 432/1999, Anexo I, Título 2, punto 1 (visado o fiscalización de exámenes preocupacionales)
- Qué te obliga
- Para que una enfermedad previa del empleado no quedara a cargo de la ART, el examen preocupacional debía pasar por un visado obligatorio.
- A quién protege
- Nadie: era un control formal entre empresa, ART y organismo.
- Por qué está en la lista
- Suma un sello oficial a un examen ya hecho, solo para repartir costos entre la empresa y la ART.
- Estado
- Derogada el 5 de diciembre de 2025 por Resolución SRT 53/2025
- Nota
- La Res. SRT 53/2025 (dictada el 04/12/2025, BO 05/12/2025, vigente desde su publicación) sustituyó el punto 1 del Título 2 del Anexo I de la Res. SRT 432/1999: el visado deja de ser requisito para excluir incapacidades preexistentes (art. 6, ap. 3, inc. b, Ley 24.557) y queda como trámite optativo.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.