Vigente Nación Trabajo Víctima: nadie
Pagás $28.000 por mes por cada empleado de comercio a su obra social
Comercio: $28.000 extra por empleado y por mes para OSECAC
Acuerdo CCT 130/75 del 26/03/2026, cláusula novena (homologado por Disp. DNRRT 550/2026, BO 20/07/2026)
- Qué te obliga
- Si tenés empleados de comercio, pagás $28.000 por mes por cada uno a la obra social OSECAC, además del 6% de ley, de abril de 2026 a marzo de 2031.
- A quién protege
- Nadie: es un sobrecosto para sostener una obra social sindical, la use o no el trabajador.
- Qué cuesta
- $28.000 por empleado por mes (abr. 2026; antes $8.500)
- Por qué está en la lista
- Cobra $28.000 mensuales por empleado, además del 6% de ley, durante cinco años, use o no la obra social.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La cláusula novena del acuerdo (anexo de la Disp. 550/2026 en el BO) fija una contribución «excepcional y extraordinaria» de los empleadores de $28.000 por mes por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, mientras tenga el contrato vigente, por el plazo del acuerdo (01/04/2026 al 31/03/2031, cláusula quinta), a depositar en OSECAC dentro de los 10 días de vencido cada mes. No exige que el trabajador esté afiliado a OSECAC. El acuerdo del 26/06/2025 (Disp. DNRRT 1784/2025, BO 25/11/2025) la había llevado a $8.500 desde la cláusula 10 del acta del 05/04/2024. La homologación exige administrarla aparte (Decreto 467/88, art. 4).
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.