Vigente Nación Trabajo Víctima: nadie
Te pueden descontar plata para el sindicato aunque no estés afiliado
Cuota solidaria al sindicato aunque no estés afiliado
Ley 14.250, art. 9, segundo párrafo (texto del art. 133 de la Ley 27.802); Decreto 199/1988, art. 6 bis (texto del Decreto 612/2026)
- Qué te obliga
- El convenio colectivo puede descontarte un aporte para el sindicato aunque no estés afiliado, con un tope del 2% de tu sueldo.
- A quién protege
- Nadie: no afiliarse a un sindicato no daña a terceros; se argumenta que todos se benefician del convenio.
- Qué cuesta
- Hasta 2% del sueldo sobre el básico más sumas remunerativas mensuales de convenio (Decreto 612/2026, BO 20/07/2026).
- Por qué está en la lista
- Descuenta hasta 2% del sueldo cada mes para un sindicato al que no elegiste afiliarte.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El art. 133 de la Ley 27.802 (BO 06/03/2026) fija el tope del 2% de las remuneraciones para aportes de convenio a sindicatos válidos para afiliados o no; excluye la cuota de afiliación. El Decreto 612/2026 (dictado el 17/07/2026, BO 20/07/2026) define la base de cálculo: básico de convenio más sumas remunerativas mensuales habituales, sin premios, horas extras, aguinaldo ni no remunerativos. La ley no fija ningún plazo para que el aporte pase a ser voluntario. No verifiqué el Decreto 407/2026 ni la cautelar sobre la cuota de Comercio.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.