Vigente Nación Trabajo Víctima: nadie

En comercio te sacan 2% para el sindicato aunque no estés afiliado

Comercio: 2% del sueldo al sindicato aunque no estés afiliado
CCT 130/75, arts. 100 y 101; Disposición DNRRT 839/2026

Qué te obliga
Si trabajás en comercio te descuentan 2% del sueldo para el Sindicato de Empleados de Comercio de tu zona, estés afiliado o no.
A quién protege
Nadie: obliga al no afiliado a financiar un sindicato que no eligió.
Qué cuesta
2% del sueldo bruto por mes (nov. 2026)
Por qué está en la lista
Descuenta 2% del sueldo cada mes a todo empleado de comercio, esté afiliado o no.
Estado
Vigente
Nota
El acuerdo FAECYS-cámaras del 26/03/2026 (homologado por Disp. DNRRT 550/2026, BO 20/07/2026) confirma que los arts. 100 y 101 del CCT 130/75 (t.o. 24/06/1994) son aportes de los trabajadores; no pude ver en fuente oficial qué porcentaje fija cada uno. La Disp. 550/2026 homologó recordando el tope de 2% del art. 133 de la Ley 27.802, y la Disp. DNRRT 839/2026 (BO 20/07/2026) aclaró que esa limitación se lee según la cautelar del Juzgado Federal Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N° 2, Sec. 3 (Expte. FSM 14867/2026), que suspendió los arts. 131 y 133 de la Ley 27.802 para el CCT 130/75; el Estado apeló con efecto devolutivo. La misma cautelar alcanza al CCT 781/20 (Disp. 883/2026, BO 21/07/2026). Según un estudio contable, el juzgado le fijó 6 meses de vigencia desde marzo de 2026, o sea que vencía hacia septiembre de 2026: al 01/11/2026 no encontré ni prórroga ni fallo de la Cámara, así que no sé si sigue vigente. Si cayó, rige el tope de 2% para el conjunto de los aportes sindicales de convenio.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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