Vigente Nación Trabajo Víctima: nadie

Te descuentan para el sindicato aunque no estés afiliado

Aporte solidario: pagás al sindicato aunque no estés afiliado
Ley 14.250 (t.o. 2004), art. 9, 2.º párrafo; texto según Ley 27.802, art. 133 (2026)

Qué te obliga
Aunque no te afilies, el convenio puede imponerte un aporte mensual para el sindicato que lo firmó; desde marzo de 2026 la ley lo topea en 2% del sueldo.
A quién protege
Nadie: obliga a financiar una organización que el trabajador eligió no integrar; el sindicato alega que negocia el salario de todos.
Qué cuesta
Hasta 2% del básico de convenio más las sumas remunerativas mensuales habituales (base del Decreto 612/2026, jul. 2026)
Por qué está en la lista
El convenio puede imponer un aporte mensual de hasta 2% del sueldo a todo trabajador no afiliado del sector.
Estado
Vigente
Nota
El tope de 2% excluye la cuota de afiliación. Para Comercio (CCT 130/75 y derivados) lo suspendió una cautelar del Juzgado Federal 2 de San Martín (Expte. FSM 14867/2026, fines de marzo de 2026) con una vigencia inicial de seis meses, que vencía hacia fines de septiembre de 2026; al 02/11/2026 no encontré prórroga ni fallo de la Cámara, así que no sé si sigue frenado para Comercio. Para Camioneros (CCT 40/89) hay otra cautelar, del Juzgado Nacional del Trabajo 30 (30/06/2026). Los Decretos 407/2026 (B.O. 01/06/2026) y 612/2026 (B.O. 20/07/2026) fijan la base de cálculo; el 612 deja fuera del tope lo que pagan los empleadores al sindicato.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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