Vigente Nación Transporte Víctima: nadie
Tenés que pintar atrás del camión o micro su velocidad máxima
Camiones y micros con su velocidad máxima pintada atrás
Ley 24.449, art. 53 inc. h
- Qué te obliga
- Los vehículos de transporte de pasajeros y carga deben llevar atrás, sobre un círculo reflectivo, el número de la velocidad máxima que tienen permitida.
- A quién protege
- Nadie en particular: es información para los demás conductores, con costo bajo.
- Por qué está en la lista
- Es un número sobre un círculo reflectivo en la parte trasera, de costo bajo y una sola vez.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.