Vigente Nación Transporte Víctima: nadie
Para ser piloto o tripulante de una aerolínea, tenés que ser argentino
Pilotos y tripulantes de aerolíneas deben ser argentinos
Ley 17.285 (Código Aeronáutico), art. 106 (texto del Decreto 70/2023, art. 212)
- Qué te obliga
- En los servicios aerocomerciales el personal con funciones aeronáuticas debe ser argentino; el Poder Ejecutivo puede autorizar un porcentaje de extranjeros, a reemplazar de a poco.
- A quién protege
- Nadie: la licencia y la pericia del piloto se exigen aparte, sea cual sea su nacionalidad.
- Por qué está en la lista
- Excluye a los extranjeros de las funciones aeronáuticas salvo un porcentaje que autorice el Ejecutivo.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.