Derogada Nación Trabajo Víctima: nadie

No podés acordar con tu empleado partir las vacaciones en tramos

Vacaciones de corrido, sin poder dividirlas en tramos
Ley 20.744 (LCT), arts. 150 y 154 (texto anterior)

Qué te obliga
Las vacaciones debían tomarse en un único período continuado; no podías acordar con tu empleado partirlas en varios tramos.
A quién protege
Nadie: es un acuerdo entre las partes del contrato.
Por qué está en la lista
Prohíbe un acuerdo entre las dos partes sobre cómo tomar las vacaciones; no impone costo directo.
Estado
Derogada el 6 de marzo de 2026 por Ley 27.802 (art. 41)
Nota
La continuidad salía del art. 150 (período mínimo y continuado), que sigue con ese texto; el nuevo art. 154 permite fraccionar de común acuerdo en tramos de al menos 7 días. Que antes estuviera vedado es interpretación, no un artículo expreso.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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