Vigente Nación Transporte Víctima: terceros, de lejos
En tu transporte escolar va un adulto y no más chicos que asientos
Transporte escolar: celadora y no más chicos que asientos
Ley 24.449, art. 55
- Qué te obliga
- Cuando la cantidad de chicos lo requiera, debe ir una persona mayor para controlarlos; no se llevan más pasajeros que plazas y se los deja lo más cerca posible de su casa.
- A quién protege
- Protege a terceros: los pasajeros son menores de 14 años.
- Por qué está en la lista
- Pide un adulto acompañante según la cantidad de chicos y prohíbe llevar más pasajeros que plazas.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La ley no fija desde cuántos chicos hace falta la celadora: lo dejan la reglamentación y las normas locales.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.