Derogada Nación Trabajo Víctima: nadie

Si tu empleado pide volver a la oficina, tenés que hacerle lugar

Derecho del teletrabajador a volver a la oficina
Ley 27.555, art. 8

Qué te obliga
Si un empleado pasó a teletrabajo, puede pedir volver a trabajar en forma presencial y tenés que darle tareas en el establecimiento.
A quién protege
Nadie: es una condición del contrato entre las partes.
Por qué está en la lista
Obliga a la empresa a dar tareas presenciales a quien lo pida; es una carga de organización, no un pago.
Estado
Derogada el 6 de marzo de 2026 por Ley 27.802 (art. 199)
Nota
La derogación rige desde el 01/01/2027. El DNU 70/2023 había modificado este artículo, pero esa parte quedó suspendida con el Título IV.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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