Derogada Nación Trabajo Víctima: nadie
Si tu empleado pide volver a la oficina, tenés que hacerle lugar
Derecho del teletrabajador a volver a la oficina
Ley 27.555, art. 8
- Qué te obliga
- Si un empleado pasó a teletrabajo, puede pedir volver a trabajar en forma presencial y tenés que darle tareas en el establecimiento.
- A quién protege
- Nadie: es una condición del contrato entre las partes.
- Por qué está en la lista
- Obliga a la empresa a dar tareas presenciales a quien lo pida; es una carga de organización, no un pago.
- Estado
- Derogada el 6 de marzo de 2026 por Ley 27.802 (art. 199)
- Nota
- La derogación rige desde el 01/01/2027. El DNU 70/2023 había modificado este artículo, pero esa parte quedó suspendida con el Título IV.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.