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Te pueden arrestar por estar borracho en público

Hasta 15 días de arresto por estar borracho en público (San Juan)
Ley 941-R de San Juan (antes Ley 7.819 de 2007), Código de Faltas, art. 134

Qué te obliga
No podés estar en un lugar público "en estado de manifiesta embriaguez" que ofenda la decencia o moleste a otros; con condena por delito contra las personas, la pena se duplica.
A quién protege
Nadie, mientras no agredas ni dañes: estar borracho es un riesgo propio; la agresión y el daño ya tienen sus propias figuras.
Qué cuesta
Multa de hasta 100 jus, trabajo comunitario y/o arresto de hasta 15 días.
Por qué está en la lista
Arresto de hasta 15 días por estar borracho en público si «ofende la decencia», sin agredir ni dañar.
Estado
Vigente
Nota
Texto confirmado en el texto consolidado oficial del Digesto de San Juan (Cámara de Diputados), que da la Ley 941-R como vigente y re consolidada. El código es la Ley 7.819, sancionada el 26/07/2007; 941-R es su número en el digesto. La tabla de antecedentes muestra este artículo sin cambios desde el texto original. 1 jus = 20 unidades tributarias (art. 19).
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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