Derogada Nación Trabajo Víctima: nadie
Si sos pyme, tu registro de personal lo rubrica la autoridad laboral
Pymes: Registro Único de Personal rubricado por Trabajo
Ley 24.467 (Pymes), arts. 84 a 87 (texto original)
- Qué te obliga
- Si eras pyme y usabas el Registro Único de Personal en lugar de los libros laborales, tenías que hacerlo rubricar por la autoridad laboral con los datos de cada empleado.
- A quién protege
- Nadie: es un libro administrativo.
- Por qué está en la lista
- Es un libro administrativo que hay que llevar a rubricar con los datos de cada empleado.
- Estado
- Derogada el 6 de marzo de 2026 por Ley 27.802 (arts. 103, 104 y 209)
- Nota
- Ahora la pyme solo registra a sus empleados en los sistemas de ARCA, y ninguna autoridad nacional, provincial o municipal puede pedirle un trámite adicional. Se derogaron los arts. 86 y 87, que fijaban qué libros unificaba y qué datos llevaba.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.