Derogada Bahía Blanca (Buenos Aires) Comercio Víctima: nadie

Pagás por la publicidad que tenés adentro de tu local

Tasa por publicidad dentro de los locales
Ordenanza Impositiva de Bahía Blanca, art. 15 (Publicidad Interior)

Qué te obliga
Cobraba un derecho por la publicidad exhibida en el interior de los locales.
A quién protege
Nadie: la publicidad interior no usa espacio público.
Por qué está en la lista
Cobraba un derecho por la publicidad exhibida en el interior de los locales, sin uso de espacio público.
Estado
Derogada por Ordenanza 14.956 de Bahía Blanca (2008), art. 3, al adherir a la Ley 13.850 de Buenos Aires
Nota
La Ordenanza Impositiva 2026 dice «Derogado por Ordenanza 14956». Esa ordenanza (sancionada el 18/09/2008, promulgada por Decreto 1102/2008 el 22/09/2008) derogó desde el 01/08/2008 el art. 15 de la Impositiva para adherir al Fondo de Fortalecimiento de Recursos Municipales (Ley 13.850, art. 42 inc. b, que premia a los municipios que no cobran la publicidad en el interior de locales). Falta la fecha de publicación en el boletín municipal, que el digesto no muestra. También quedaron derogados los derechos por publicidad en vehículos y de espectáculos.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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