Vigente Buenos Aires Comercio Víctima: nadie

Hay cupo de escribanías por distrito y las que sobran se cierran

Cantidad fija de escribanías por distrito en la Provincia
Decreto-Ley 9020/1978 de Buenos Aires, arts. 2 a 5

Qué te obliga
En la Provincia los registros notariales son del Estado y su número por distrito lo fija el Ejecutivo cada cinco años; los que sobran se cierran cuando quedan vacantes.
A quién protege
Nadie: el cupo protege a los escribanos que ya tienen registro; el cliente paga con menos competencia.
Por qué está en la lista
El Ejecutivo fija cada cinco años cuántos registros hay por distrito y cierra los que sobran al quedar vacantes.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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