Vigente Buenos Aires Comercio Víctima: nadie
Hay cupo de escribanías por distrito y las que sobran se cierran
Cantidad fija de escribanías por distrito en la Provincia
Decreto-Ley 9020/1978 de Buenos Aires, arts. 2 a 5
- Qué te obliga
- En la Provincia los registros notariales son del Estado y su número por distrito lo fija el Ejecutivo cada cinco años; los que sobran se cierran cuando quedan vacantes.
- A quién protege
- Nadie: el cupo protege a los escribanos que ya tienen registro; el cliente paga con menos competencia.
- Por qué está en la lista
- El Ejecutivo fija cada cinco años cuántos registros hay por distrito y cierra los que sobran al quedar vacantes.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.