Vigente Nación Finanzas Víctima: nadie

Con un exchange, identificás a cada cliente y reportás lo sospechoso

Exchanges de cripto: identificar a cada cliente y reportar a la UIF
Ley 25.246, art. 20 inc. 13 (texto según Ley 27.739, art. 14, BO 15/03/2024)

Qué te obliga
Si sos proveedor de servicios de cripto, tenés que identificar a tus clientes, conocer el origen de sus fondos y reportar a la UIF las operaciones sospechosas.
A quién protege
Nadie en forma directa: el cliente que compra cripto no daña a nadie; la norma busca frenar el lavado de plata de otros delitos.
Por qué está en la lista
Carga al exchange con identificar a todos, conocer el origen de sus fondos y reportar a la UIF.
Estado
Vigente
Nota
La UIF reglamentó las obligaciones de los PSAV con la Resolución UIF 49/2024 (BO 25/03/2024, https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/305109/20240325); no leí su articulado completo.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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