Vigente Nación Finanzas Víctima: nadie
Con un exchange, identificás a cada cliente y reportás lo sospechoso
Exchanges de cripto: identificar a cada cliente y reportar a la UIF
Ley 25.246, art. 20 inc. 13 (texto según Ley 27.739, art. 14, BO 15/03/2024)
- Qué te obliga
- Si sos proveedor de servicios de cripto, tenés que identificar a tus clientes, conocer el origen de sus fondos y reportar a la UIF las operaciones sospechosas.
- A quién protege
- Nadie en forma directa: el cliente que compra cripto no daña a nadie; la norma busca frenar el lavado de plata de otros delitos.
- Por qué está en la lista
- Carga al exchange con identificar a todos, conocer el origen de sus fondos y reportar a la UIF.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La UIF reglamentó las obligaciones de los PSAV con la Resolución UIF 49/2024 (BO 25/03/2024, https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/305109/20240325); no leí su articulado completo.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.