Derogada Nación Trabajo Víctima: terceros, de lejos
Si tenés un empleado en negro, le pagás además multas del 25%
Multas por tener empleados sin registrar
Ley 24.013, arts. 8 a 17
- Qué te obliga
- Si no registrabas a un empleado o lo hacías con menos sueldo o antigüedad, le debías multas del 25% de lo no registrado, además de lo adeudado.
- A quién protege
- Al trabajador, que pierde aportes y cobertura; la multa iba a su bolsillo como compensación.
- Por qué está en la lista
- Multas del 25% de lo no registrado, a favor del trabajador, además de todo lo que se le debía.
- Estado
- Derogada el 8 de julio de 2024 por Ley 27.742 (art. 99)
- Nota
- Ya las había derogado el art. 53 del DNU 70/2023, suspendido por la Justicia; la ley lo hizo efectivo. Hay fallos que las siguen aplicando a casos anteriores a la reforma.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.