Derogada Nación Trabajo Víctima: terceros

Si el juez ve malicia en tu defensa laboral, pagás intereses extra

Intereses punitorios al empleador que litiga con malicia
Ley 20.744 (LCT), art. 275 (texto anterior)

Qué te obliga
Si el juez declaraba maliciosa o temeraria tu defensa en un juicio laboral que perdías, te condenaba a pagar intereses de hasta 2,5 veces la tasa bancaria.
A quién protege
El trabajador que demanda: la sanción castigaba al empleador que demoraba el juicio a propósito.
Por qué está en la lista
Intereses de hasta 2,5 veces la tasa bancaria, que el juez aplica según califique la defensa.
Estado
Derogada el 6 de marzo de 2026 por Ley 27.802 (art. 207)
Nota
En sentido inverso, el nuevo art. 20 de la LCT (art. 10 de la Ley 27.802) hace pagar las costas en forma solidaria a la parte y su abogado si reclaman de más en forma inexcusable.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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