Vigente Buenos Aires Trámites Víctima: nadie
Sin el visado pago del Colegio de Ingenieros no te aprueban los planos
Visado del Colegio de Ingenieros para que te aprueben los planos
Ley 10.416 de Buenos Aires, arts. 6 bis (texto según Ley 10.698) y 26 inc. 17
- Qué te obliga
- Ningún organismo puede aprobar documentación técnica de un ingeniero sin el visado previo del Colegio, y al visar se deposita un aporte en porcentaje sobre el honorario.
- A quién protege
- Nadie: el organismo que aprueba el plano ya lo revisa; el visado agrega un paso y un cobro que paga el dueño de la obra.
- Por qué está en la lista
- Ningún organismo aprueba un plano sin visado previo, y cada visado deja un aporte sobre el honorario.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El mismo artículo impide a los jueces cerrar un juicio sin que se paguen antes los honorarios de los peritos ingenieros. Falta el porcentaje del aporte vigente.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.