Vigente Buenos Aires Trámites Víctima: nadie

Sin el visado pago del Colegio de Ingenieros no te aprueban los planos

Visado del Colegio de Ingenieros para que te aprueben los planos
Ley 10.416 de Buenos Aires, arts. 6 bis (texto según Ley 10.698) y 26 inc. 17

Qué te obliga
Ningún organismo puede aprobar documentación técnica de un ingeniero sin el visado previo del Colegio, y al visar se deposita un aporte en porcentaje sobre el honorario.
A quién protege
Nadie: el organismo que aprueba el plano ya lo revisa; el visado agrega un paso y un cobro que paga el dueño de la obra.
Por qué está en la lista
Ningún organismo aprueba un plano sin visado previo, y cada visado deja un aporte sobre el honorario.
Estado
Vigente
Nota
El mismo artículo impide a los jueces cerrar un juicio sin que se paguen antes los honorarios de los peritos ingenieros. Falta el porcentaje del aporte vigente.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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