Vigente Buenos Aires Trámites Víctima: nadie

Para hacer la sucesión necesitás abogado, aunque no haya conflicto

En la Provincia, la sucesión no avanza sin firma de abogado
Código Procesal Civil y Comercial de Buenos Aires (Decreto-Ley 7.425/1968), art. 56

Qué te obliga
Los jueces bonaerenses no dan trámite a ningún escrito que pida o discuta derechos sin firma de abogado, también en la jurisdicción voluntaria como la sucesión sin conflicto.
A quién protege
Nadie: los herederos de acuerdo podrían presentar los papeles solos.
Por qué está en la lista
Ningún escrito avanza sin firma de abogado, ni siquiera en una sucesión sin conflicto entre herederos.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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