Vigente Buenos Aires Trámites Víctima: nadie
Para hacer la sucesión necesitás abogado, aunque no haya conflicto
En la Provincia, la sucesión no avanza sin firma de abogado
Código Procesal Civil y Comercial de Buenos Aires (Decreto-Ley 7.425/1968), art. 56
- Qué te obliga
- Los jueces bonaerenses no dan trámite a ningún escrito que pida o discuta derechos sin firma de abogado, también en la jurisdicción voluntaria como la sucesión sin conflicto.
- A quién protege
- Nadie: los herederos de acuerdo podrían presentar los papeles solos.
- Por qué está en la lista
- Ningún escrito avanza sin firma de abogado, ni siquiera en una sucesión sin conflicto entre herederos.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.