Vigente Buenos Aires Trámites Víctima: nadie

Si la policía te ve cometer una falta, te lleva a la comisaría

Faltas: te detiene la Policía y te juzga un juez de paz (provincia de Buenos Aires)
Decreto-Ley 8.031/1973 de Buenos Aires, Código de Faltas, arts. 106 (texto según Ley 11.411), 116 y 118

Qué te obliga
Si la Policía te ve cometer una falta debe detenerte y llevarte a la comisaría, que arma el sumario: hasta 12 horas, o más si la falta lleva arresto. Juzga un juez de paz.
A quién protege
Nadie: es una regla de procedimiento, pero da a la Policía el poder de detener por conductas mínimas.
Por qué está en la lista
La Policía debe detenerte hasta 12 horas, o más si la falta lleva arresto, también por conductas mínimas.
Estado
Vigente
Nota
Donde no hay juzgado de paz letrado, juzga el juez en lo criminal y correccional. Si la falta es por denuncia, solo se detiene después de reunir prueba (art. 117).
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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