Vigente Buenos Aires Trámites Víctima: terceros, de lejos

En cada sucesión piden informe de testamentos, aunque sepas que no hay

Cada sucesión pide informe al Registro de Testamentos
Código Procesal Civil y Comercial de Buenos Aires (Decreto-Ley 7.425/1968), art. 724 (texto según Ley 11.511)

Qué te obliga
En toda sucesión bonaerense el juzgado oficia al Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos, aunque los herederos sepan que no hubo testamento.
A quién protege
Nadie, salvo un heredero testamentario que no se entere: el informe evita que se ignore un testamento.
Por qué está en la lista
Oficio obligatorio al Registro de Testamentos aunque los herederos sepan que no hubo testamento.
Estado
Vigente
Nota
No verifiqué el arancel que cobra el Colegio de Escribanos por el informe.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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