Vigente Nación Finanzas Víctima: nadie
Si traés algo temporal sin impuestos, tenés que garantizarlos igual
Garantía por los tributos en la importación temporaria
Ley 22.415 (Código Aduanero), art. 453 inc. c
- Qué te obliga
- Si importás algo temporalmente sin pagar tributos, tenés que dejar una garantía por todos los tributos de la importación definitiva hasta reexportarlo.
- A quién protege
- Protege el cobro del fisco si la mercadería se queda en el país.
- Qué cuesta
- Póliza de caución por aranceles, tasa e impuestos del bien (costo de mercado, sin dato oficial)
- Por qué está en la lista
- Hay que dejar una caución por el total de tributos de la importación definitiva hasta reexportar el bien.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.