Vigente Nación Transporte Víctima: terceros, de lejos
Tu dron no puede subir más de 122 metros ni volar cerca de aeropuertos
Volar el dron a no más de 122 metros
Resolución ANAC 550/2025, RAAC Parte 101 (2025)
- Qué te obliga
- En la categoría abierta no podés pasar los 122 m de altura, ni volar en zonas de control de aeródromos; cerca de un aeropuerto, el tope es de 43 m en 5 km.
- A quién protege
- Protege a terceros: un dron alto puede chocar con un avión o un helicóptero tripulado.
- Por qué está en la lista
- Pone un techo de 122 m, de 43 m a 5 km de un aeropuerto, y veda las zonas de control de aeródromos.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.