Vigente Nación Trabajo Víctima: nadie

Si tenés un colegio privado, pagás al docente al menos lo del estatal

Colegios privados: sueldo docente no menor al de la escuela pública
Ley 26.206, art. 64 (2006)

Qué te obliga
Los colegios privados reconocidos tienen que pagar a sus docentes al menos lo mismo que cobra un docente estatal equivalente.
A quién protege
El docente, si cobra menos; aunque el piso lo fija el Estado y se traslada a la cuota que pagan las familias.
Por qué está en la lista
El piso del sueldo lo fija el Estado y se traslada a la cuota que pagan las familias.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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