Vigente Nación Trabajo Víctima: nadie
Si tenés un colegio privado, pagás al docente al menos lo del estatal
Colegios privados: sueldo docente no menor al de la escuela pública
Ley 26.206, art. 64 (2006)
- Qué te obliga
- Los colegios privados reconocidos tienen que pagar a sus docentes al menos lo mismo que cobra un docente estatal equivalente.
- A quién protege
- El docente, si cobra menos; aunque el piso lo fija el Estado y se traslada a la cuota que pagan las familias.
- Por qué está en la lista
- El piso del sueldo lo fija el Estado y se traslada a la cuota que pagan las familias.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.