Derogada Nación Transporte Víctima: nadie
Si el camionero que contratás no está inscripto, pagás la multa con él
Quien contrataba un flete sin RUTA pagaba la multa con el camionero
Decreto 1035/2002, Anexo I, art. 19 (texto del Decreto 832/2024)
- Qué te obliga
- Si contratabas a un transportista que no estaba inscripto en el RUTA, quedabas solidariamente responsable de la multa de 1 a 5 unidades.
- A quién protege
- Nadie: obligaba al cliente a controlar un registro administrativo.
- Por qué está en la lista
- Hacía al cliente responsable solidario de la multa de 1 a 5 unidades por no controlar un registro ajeno.
- Estado
- Derogada el 19 de diciembre de 2024 por Decreto 1109/2024 (art. 3)
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.