Derogada Nación Finanzas Víctima: nadie

Si vendés autos o lanchas, identificás clientes y avisás lo sospechoso

Agencias de autos, motos y lanchas ya no reportan a la UIF
Ley 25.246, art. 20 inc. 22 (compraventa de automotores, embarcaciones y aeronaves)

Qué te obliga
Si te dedicabas a comprar y vender autos, camiones, motos, lanchas o aviones, tenías que identificar a tus clientes y reportar operaciones sospechosas a la UIF.
A quién protege
Nadie: vender un auto no daña a terceros; la carga recaía sobre la agencia para detectar lavado de otros.
Por qué está en la lista
La agencia tenía que identificar a cada cliente y reportar operaciones para detectar el lavado de otros.
Estado
Derogada el 10 de octubre de 2024 por Decreto 891/2024, art. 6
Nota
Según los considerandos, la UIF conserva la facultad de pedirles informes.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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