Derogada Nación Finanzas Víctima: nadie
Si vendés autos o lanchas, identificás clientes y avisás lo sospechoso
Agencias de autos, motos y lanchas ya no reportan a la UIF
Ley 25.246, art. 20 inc. 22 (compraventa de automotores, embarcaciones y aeronaves)
- Qué te obliga
- Si te dedicabas a comprar y vender autos, camiones, motos, lanchas o aviones, tenías que identificar a tus clientes y reportar operaciones sospechosas a la UIF.
- A quién protege
- Nadie: vender un auto no daña a terceros; la carga recaía sobre la agencia para detectar lavado de otros.
- Por qué está en la lista
- La agencia tenía que identificar a cada cliente y reportar operaciones para detectar el lavado de otros.
- Estado
- Derogada el 10 de octubre de 2024 por Decreto 891/2024, art. 6
- Nota
- Según los considerandos, la UIF conserva la facultad de pedirles informes.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.