Derogada Nación Finanzas Víctima: nadie
Cada garantía en Aduana la pagás con un seguro, aunque no debas nada
Seguro de caución para garantizar ante la Aduana
Régimen de garantías aduaneras, Resolución General AFIP 3885/2016
- Qué te obliga
- Para cada garantía aduanera tenías que contratar una caución bancaria o póliza de seguro, aunque fueras un operador sin deudas ni sanciones.
- A quién protege
- Nadie: el operador cumplidor no pone en riesgo al fisco; la póliza era un costo financiero puro.
- Por qué está en la lista
- Hasta el operador sin deudas ni sanciones tenía que contratar caución o póliza por cada garantía.
- Estado
- Derogada el 4 de mayo de 2026 por Resolución General ARCA 5842/2026
- Nota
- La RG ARCA 5842/2026 (BO 04/05/2026, rige desde el 05/05/2026 según cronograma de la Aduana) modifica la RG 3885 y admite una declaración jurada como garantía en importaciones y exportaciones a quien no tenga deuda exigible, lleve dos años habilitado, no tenga denuncias ni condenas por delitos tributarios o aduaneros y no esté en las categorías D o E del SIPER. Las demás garantías siguen. El texto cita la RG 3885 sin año; el 2016 no lo verifiqué.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.