Vigente Nación Trabajo Víctima: nadie
Si sos camionero te sacan un día de sueldo extra para la federación
Camioneros: un día de sueldo extra para la Federación
CCT 40/89, cláusula 8.1.3
- Qué te obliga
- Te retienen un jornal entero en el primer mes del convenio y otro en junio de cada uno de sus dos primeros años, como contribución solidaria extraordinaria.
- A quién protege
- Nadie: es un pago extra del trabajador al sindicato.
- Por qué está en la lista
- Retiene un jornal entero al empezar el convenio y otro cada junio de sus dos primeros años.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La cláusula 8.1.3 del texto de 1989 (edición 2022) retiene un jornal en el primer mes de vigencia y otro en junio de cada uno de los dos primeros años. Desde entonces se la renueva por acta: el sindicato informa la prórroga de la «contribución solidaria extraordinaria» en la cláusula 3 de un acuerdo homologado el 04/12/2023, para el período 11/2023 a 02/2024. No verifiqué si hay prórroga vigente en 2026.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.