Vigente Nación Trabajo Víctima: terceros, de lejos
Tenés que anotar a cada empleado y su sueldo ante el fisco
Registrar a cada empleado en ARCA
Ley 20.744 (LCT), art. 52 (texto de la Ley 27.802)
- Qué te obliga
- Tenés que registrar a cada empleado ante ARCA, con sus datos y su sueldo, según las reglas que fija ese organismo.
- A quién protege
- Al trabajador no registrado, que queda sin aportes jubilatorios, obra social ni ART.
- Por qué está en la lista
- Un alta por cada empleado con sus datos y su sueldo, según las reglas que fija el organismo.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El momento exacto del alta (antes del primer día) lo fija la normativa de ARCA, que no revisé.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.