Derogada Nación Comercio Víctima: nadie

Para vender diarios en la calle necesitás registro y parada asignada

Paradas exclusivas y registro para vender diarios y revistas
Decreto 1025/2000

Qué te obliga
Para vender diarios y revistas en la calle tenías que estar en un registro nacional que repartía paradas y zonas de influencia exclusivas.
A quién protege
Nadie: que otro kiosco venda diarios no daña a terceros.
Por qué está en la lista
Repartía paradas y zonas exclusivas: fuera del registro nadie podía vender diarios en la calle.
Estado
Derogada el 4 de septiembre de 2025 por Decreto 629/2025
Nota
Fecha de BO no confirmada (noticia oficial del 04/09/2025). Los kioscos pueden registrarse en ENACOM como operadores postales; el espacio público vuelve a los municipios.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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