Derogada Nación Comercio Víctima: nadie
Para vender diarios en la calle necesitás registro y parada asignada
Paradas exclusivas y registro para vender diarios y revistas
Decreto 1025/2000
- Qué te obliga
- Para vender diarios y revistas en la calle tenías que estar en un registro nacional que repartía paradas y zonas de influencia exclusivas.
- A quién protege
- Nadie: que otro kiosco venda diarios no daña a terceros.
- Por qué está en la lista
- Repartía paradas y zonas exclusivas: fuera del registro nadie podía vender diarios en la calle.
- Estado
- Derogada el 4 de septiembre de 2025 por Decreto 629/2025
- Nota
- Fecha de BO no confirmada (noticia oficial del 04/09/2025). Los kioscos pueden registrarse en ENACOM como operadores postales; el espacio público vuelve a los municipios.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.