Vigente Nación Comercio Víctima: nadie

No podés revender líneas ni servicios de celular

Prohibido revender líneas y servicios de celular
Ley 25.891, art. 1 (2004)

Qué te obliga
Solo las empresas autorizadas pueden comercializar servicios de celular; quedan excluidos revendedores, mayoristas y cualquiera que no tenga esa calidad.
A quién protege
Nadie: revender un servicio no daña a nadie; la regla protege la cadena de venta de las compañías.
Por qué está en la lista
Prohíbe del todo la reventa: solo las empresas autorizadas pueden comercializar servicios de celular.
Estado
Vigente
Nota
No confirmé cómo convive con los operadores móviles virtuales (OMV) que hoy el ENACOM sí reconoce.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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