Derogada Nación Tránsito Víctima: nadie
La cédula verde vence y, para prestar el auto, la renovás pagando
Vencimiento de la cédula verde
Digesto de Normas Técnico-Registrales de la DNRPA, Título II, Capítulo IX, Sección 1ª, art. 4 (vencimiento de la Cédula de Identificación del Automotor)
- Qué te obliga
- La cédula verde traía fecha de vencimiento: vencida, solo le servía al titular, y para prestar el auto había que renovarla en el Registro, con arancel, o sacar una cédula azul.
- A quién protege
- Nadie: el vencimiento no cambiaba nada del auto; solo generaba un trámite pago.
- Por qué está en la lista
- Vencida la cédula, solo manejaba el titular; prestar el auto exigía renovarla pagando en el Registro.
- Estado
- Derogada el 13 de mayo de 2024 por Disposición DNRPA 29/2024
- Nota
- El viejo art. 4 de la Sección 1ª hacía vencer las cédulas al año de expedidas, salvo para el titular registral y algunos usos (taxis, remises, alquiler, estatales). El DNU 70/2023 (art. 362, que sustituye el art. 23 del Decreto-Ley 6582/58; BO 21/12/2023) ya había dicho que las cédulas «no caducarán mientras no haya cambios en la titularidad»; la Disposición DNRPA 29/2024 (BO 13/05/2024) reemplaza el art. 4 del Digesto y, por su art. 5, las cédulas ya emitidas con fecha de vencimiento dejan de vencer.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.