Vigente Nación Tránsito Víctima: terceros, de lejos

Te pueden sacar el auto, la licencia o los papeles sin orden de juez

Retención preventiva del auto, la licencia o los papeles
Ley 24.449, art. 72 (1995; incs. c.7 y c.8 s/ Ley 26.363, BO 30/04/2008)

Qué te obliga
La autoridad puede retener tu licencia (vencida, adulterada, ineptitud evidente), tu auto (sin requisitos de seguridad, conductor no habilitado, mal estacionado) o tus papeles, sin juez.
A quién protege
Depende del caso: sacar de la calle a un borracho protege a otros; retener un auto por un papel vencido solo castiga al dueño.
Por qué está en la lista
Permite retener sin juez el auto, la licencia o los papeles, también por licencia vencida o mal estacionamiento.
Estado
Vigente
Nota
Es la base legal de «pueden pararte»: el art. 34 agrega una «revisión rápida y aleatoria» en la vía, y el art. 72 inc. c.1 permite labrar acta provisional que se anula si subsanás la falta en 3 días (salvo transporte).
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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