Vigente Nación Agro Víctima: nadie
Si sos extranjero y tenés un campo, tenés que declararlo al Registro
Extranjeros con campos: declararlos ante el Registro de Tierras
Ley 26.737, art. 12 (2011)
- Qué te obliga
- Los extranjeros dueños o poseedores de tierras rurales tenían que denunciarlas ante el Registro Nacional de Tierras Rurales dentro de los 180 días de reglamentada la ley.
- A quién protege
- Nadie: declarar lo que uno tiene no protege a terceros; sirve al Estado para medir el tope del 15%.
- Por qué está en la lista
- Pedía a los extranjeros dueños de tierras rurales declararlas dentro de 180 días, para medir el tope del 15%.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Derogada por el art. 154 del DNU 70/2023, pero ese artículo está suspendido por la cautelar de la Corte del 09/10/2026 (Árbol de Pie c/ PEN, FGR 20213/2023/CS1), así que la ley rige de forma provisoria. El plazo de 180 días corría desde la reglamentación de la ley; no verifiqué si hoy se exige para nuevas compras.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.