Vigente Tierra del Fuego Otros Víctima: terceros, de lejos
Te multan si llevás un cuchillo en la calle y no explicás para qué
Andar con un cuchillo sin 'causa que lo justifique' (Tierra del Fuego)
Ley 1.024 de Tierra del Fuego, Código Contravencional (B.O.P. 19/01/2015), art. 109
- Qué te obliga
- No podés llevar en lugares públicos un arma blanca, un objeto cortante o contundente ni un arma de aire comprimido si no podés justificar para qué.
- A quién protege
- Nadie, mientras no lo uses: llevar una navaja no lastima a nadie; la amenaza y la agresión ya están penadas en otros artículos.
- Qué cuesta
- Multa de 5 a 30 UM, o 5 a 15 días de trabajo comunitario, y decomiso.
- Por qué está en la lista
- Multa o trabajo comunitario y decomiso; la amenaza y la agresión ya están penadas en otros artículos.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Texto leído en InfoLey. La ley tiene modificaciones posteriores (Leyes 1.043, 1.087, 1.141, 1.262, 1.335, 1.454, 1.469 y otras); no verifiqué si alguna tocó este artículo.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.