Vigente Buenos Aires Otros Víctima: solo vos
Si andás borracho en la calle, podés ir preso hasta 40 días
Estar borracho en la calle: hasta 40 días de arresto (provincia de Buenos Aires)
Decreto-Ley 8.031/1973 de Buenos Aires, Código de Faltas, art. 72 (texto según Dec.-Ley 9.163/78 y 9.399/79)
- Qué te obliga
- Te prohíbe andar o presentarte borracho en lugares públicos o abiertos al público, o emborracharte en ellos; la pena se duplica si molestás a otros.
- A quién protege
- Nadie: estar borracho sin molestar solo te afecta a vos; la propia norma duplica la pena para cuando sí hay molestia.
- Qué cuesta
- Multa del 15% al 40% del sueldo mensual de un agente de la Policía bonaerense y arresto de hasta 40 días.
- Por qué está en la lista
- Hasta 40 días de arresto y multa por estar borracho sin molestar a nadie; molestando, la pena se duplica.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Para el ebrio habitual, el código permite reemplazar la pena por internación.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.