Vigente Tierra del Fuego Tránsito Víctima: terceros, de lejos

Tenés que andar con la luz baja prendida siempre, también de día y en la ciudad

Luz baja encendida siempre, en rutas y en zonas urbanas
Ley 522 de Tierra del Fuego (B.O. 01/08/2001), art. 1, que sustituye el art. 47 inc. a del régimen de tránsito

Qué te obliga
Tenés que circular con la luz baja encendida todo el tiempo, en rutas y en zonas urbanas, salvo cuando corresponde la alta y en los cruces ferroviarios.
A quién protege
Protege en parte a terceros: un auto con luces se ve antes; el beneficio a pleno sol es discutido.
Por qué está en la lista
Exige la luz baja encendida todo el tiempo, también en zonas urbanas y a pleno sol.
Estado
Vigente
Nota
La misma ley invita a Ushuaia, Río Grande y Tolhuin a adherir y a fijar el uso permanente de la luz baja. No vi el monto de la multa.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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